Ambasciata d’Italia

Assunzione

 

REFERENDUM POPULAR CONFIRMATIVO DE LA LEY ORGÁNICA

25 – 26 DE JUNIO DEL 2006

DERECHO A VOTAR POR CORRESPONDENCIA DE LOS CIUDADANOS ITALIANOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR

 

El 25 y 26 de junio del 2006 se realizará en Italia la consulta popular para la aprobación del texto de la ley constitucional “ Modificaciones  a la Parte II de la Constitución”.

En Italia se votará en las mesas electorales dispuestas por las Comunas para los días DOMINGO 25 de junio y LUNES 26 de junio.

En el exterior, de acuerdo a la Ley 27 de diciembre del 2001, n. 459 y al artículo 3 apartado 6 de la Ley 27 de enero del 2006 n. 22, los ciudadanos italianos inscriptos en las listas electorales de la Circunscripción Extranjero, pueden VOTAR POR CORREO hasta el 22 de junio

A cada elector el Consulado enviará por correo, dentro del 7 DE JUNIO DEL 2006, un PLIEGO qu contiene: un folleto informativo, el certificado electoral, la papeleta de voto, un sobre completamente blanco, un sobre franqueado con la dirección de la Oficina Consular, el texto de la ley sobre el voto en el exterior. El elector, utilizando el sobre franqueado y siguiendo atentamente las instrucciones que se encuentran en el folleto informativo, deberá enviar SIN DEMORA el voto, de manera tal que llegue al Consulado dentro  de las 16:00 hs (hora local) del día 22 de junio del 2006.

Está prohibido enviar los votos por cuenta de terceros. Quien transgrediera tales disposiciones está sujeto a sanciones penales, de 1 a 3 años de reclusión, y pecuniarias.

El elector que  dentro del 11 de junio del 2006 no hubiese aún recibido el pliego electoral, podrá dirigirse al Consulado para verificar su situación electoral y pedir un duplicado.

La ley contempla la posibilidad de ejercer el derecho de voto en Italia, en la propia Comuna, comunicando por escrito esta “opción” al Consulado dentro del 8 de mayo del 2006  y enviándola  por correo, por fax  o entregándola personalmente.

Dicha opción de votar en Italia es válida solamente para una consulta electoral.

Esta comunicación puede ser redactada en una hoja y, para tener validez, debe contener nombre, apellido, fecha y lugar de nacimiento, residencia y firma del elector. Para redactar dicha comunicación se puede utlizar también un formulario disponible en la Oficina Consular, las asociaciones o en el sito web del Ministerio de Asuntos Exteriores (www.esteri.it) o de la Embajada de Italia.

Es responsabilidad del elector verificar que la comunicación de “opción” enviada por correo haya sido recepcionada a tiempo por la Oficina Consular.

Los electores que decidan votar en Italia recibirán de parte de la Comuna respectiva una tarjeta postal para votar en las mesas electorales en Italia.

De optarse por votar en Italia, la ley no prevee ningún tipo de rembolso por los gastos de viaje, sino solamente facilidades tarifarías dentro del territorio nacional.

La decisión de votar en Italia puede ser posteriormente revocada con una comunicación escrita enviada o entregada a la Oficina Consular con las mismas modalidades y dentro de los mismos términos previstos para el ejercicio de la “opción” (8 de mayo del 2006).

LA OFICINA CONSULAR ESTÁ A DISPOSICIÓN PARA ULTERIORES ACLARACIONES. 

 

Calle Quesada 5871 c/Bélgica - ASUNCION (Paraguay)

Tel. (595 21) 615620/1 - fax (.595 21) 615622

    e.mail: ambitalia@cmm.com.py - web: www.embajadadeitalia.org.py

 

 

 

 

MODULO PER ANDARE A VOTARE IN ITALIA

(OPZIONE)

(il presente modulo, spedito per posta o consegnato a mano, deve arrivare all’Ufficio Consolare, entro l’8 MAGGIO 2006 )

SCRIVERE IN STAMPATELLO

 

Il/la sottoscritto/a:

Cognome:

 

Cognome da nubile :

 

Nome:

 

Luogo di nascita:

 

Data di nascita:

 

Residente all’estero in: CAP:

 

  Città:

 

Al seguente indirizzo:

 

 

 

Iscritto in Italia all’Anagrafe degli Italiani Residenti all’Estero (A.I.R.E.) del Comune di:

 

 

OPPURE

già residente / residente (per gli elettori ex art.3 sexies L.22/2006) in Italia nel Comune di:

 

 

 

COMUNICA

di volersi recare in Italia, nel Comune dove risulta iscritto/a nelle liste elettorali, per votare in occasione della prossima consultazione  referendaria.

 

Dichiara inoltre di essere a conoscenza che, andando a votare in Italia, non usufruirà di alcun rimborso per le spese di viaggio sostenute ma solo delle agevolazioni tariffarie previste sul territorio italiano.

__________________                                                     _______________________

Data e luogo                                                                              (firma dell’elettore)

 

 

Ambasciata d’Italia

Assunzione

 

REFERENDUM POPULAR CONFIRMATIVO DE LEY ORGÁNICA

JUNIO 2006

 

1-     ¿ Para qué se vota ?

 

   En fecha 28 de abril del 2006, el Presidente de la República ha convocado a un Referéndum confirmativo para la aprobación del texto de Ley Constitucional relacionado a las “Modificaciones a la Parte II de la Constitución”.

 

·        La consulta referendaria es la siguiente:

   “ ¿ Aprueban el texto de la ley constitucional concerniente las Modificaciones a la parte II de la Constitución aprobado por el Parlamento y publicado en el Boletín Oficial n. 269 del 18 de noviembre del 2005?”

 

·        Con este  referéndum confirmativo, previsto por el artículo 138 de la Constitución, el ciudadano, votando SI, expresa la voluntad de confirmar la ley de reforma constitucional, votando NO expresa su intención de no confirmar la ley ya aprobada por el Parlamento y mantener  la estructura constitucional vigente. Toda vez que sea aprobada la reforma constitucional en cuestión, entrará en vigencia a través de una articulada fase transitoria. La consulta referendaria tiene válidez cualquiera sea el número de votantes.

  

·         La ley de modificación constitucional, objeto del actual referéndum, atañe unos cincuenta artículos de la Constitución, principalmente: la trasferencia de algunas competencias a las Regiones (art. 117, 118, 127), el Parlamento (Cámara y Senado Federal art. 56, 57, 58, 59), la elaboración de las leyes (art. 70), el Presidente de la República (art. 83,84,87, 88, 92), el Primer Ministro (art. 94, 95), la Corte Constitucional (art.135), el Consejo Superior de la Magistratura (art. 104) Roma  Capital (art. 114), los Referéndum constitucionales (art. 138).

 

·        Para mayores informaciones consultar los sitos institucionales (www.governo.it; www.senato.it; www.interno.it).

 

 

2-     ¿ Cuándo se vota?

 

En el extranjero las votaciones se realizarán unos días antes de las votaciones en Italia. El sobre que contiene el voto debe llegar al Consulado dentro de las horas 16:00 (hora local) del 22 de junio del 2006.

 

 

Las Oficinas consulares están a disposición de los ciudadanos para ulteriores informaciones.

 

Calle Quesada 5871 c/Bélgica - ASUNCION (Paraguay)

Tel. (595 21) 615620/1 - fax (.595 21) 615622

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